MdEyC hat geschrieben:...
Se celebra el III Centenario de la fundación de la Real Academia Española (RAE). Con este motivo se emite una moneda de colección.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Acuerdo de emisión.
Se acuerda, para el año 2014, la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección «III Centenario de la Real Academia Española».
Artículo 2. Características de las piezas.
Moneda de 10 euro de valor facial (8 reales, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre).
Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.
Peso: 27 g con una tolerancia en más o en menos de 0,27 g.
Diámetro: 40 mm.
Forma: Circular con canto estriado.
Calidad: Proof.
Motivos:
En el anverso se reproduce la efigie de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos. Rodeándola, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA. En la parte inferior de la moneda, entre dos puntos, el año de acuñación, 2014. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
En el reverso se reproduce una imagen del pórtico del edificio de la sede académica de la Real Academia Española. A la derecha, el Emblema de la Real Academia Española y, por encima, un motivo arquitectónico en forma de palmeta. A la izquierda, la marca de Ceca. Debajo de todos los motivos, en mayúsculas, el valor de la pieza 10 EURO. En la parte superior de la moneda, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda REAL ACADEMIA ESPAÑOLA; en la parte inferior de la moneda, sentido circular y en mayúsculas, la leyenda III.
CENTENARIO; entre ambas leyendas, sendos elementos ornamentales. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
Artículo 3. Número máximo de piezas.
El número máximo de piezas que se acuñen será de 10.000.
Se autoriza a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda a destinar a los fondos numismáticos del Museo de esta entidad hasta un máximo de cinco monedas de las acuñadas en virtud de la presente orden ministerial y, en su caso, aquellos elementos industriales de su fabricación que por las características de la emisión, revistan interés numismático o museológico.
Artículo 4. Fecha inicial de emisión.
La fecha inicial de emisión tendrá lugar durante el primer trimestre del año 2014.
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